Legislación y recomendaciones de la unión europea para el etiquetado

Aspectos legislativos y recomendaciones de la unión europea para la publicidad y etiquetado de alimentos para conocimiento del consumidor.
En nuestro ánimo de divulgar y dar a conocer informaciones y regulaciones relativos al aceite de oliva virgen y su relación con la salud, nos ha parecido interesante resaltar los siguientes aspectos regulatorios:

La UE es muy restrictiva en el uso de los beneficios saludables y nutricionales de los alimentos en su presentación.
La UE reconoce cuatro de las denominadas alegaciones aplicables a los ACEITES DE OLIVA:

ALEGACIÓN 1

Se ha demostrado que la sustitución de grasas saturadas por grasas insaturadas en la dieta, disminuye/reduce el colesterol en la sangre. Una tasa elevada de colesterol, constituye un factor de riesgo de cardiopatías coronarias (cardiopatía isquémica). Tanto el ácido oleico como el linoleico son grasas insaturadas. Estos ácidos grasos suponen más del 70% de la composición media de los aceites de oliva y aportan el 20% del valor energético del producto, por lo que cumplen las condiciones legales para utilizar esta alegación. Hay que tener en cuenta que las cardiopatías coronarias tienen muchos factores de riesgo y que la alteración de uno de ellos puede tener un efecto benéfico.

Esta alegación viene regulada por el reglamento UE No 1226/2014 de la Comisión del 17 de nov de 2014 sobre la declaración de propiedades saludables en los alimentos relativa a la reducción del riesgo de enfermedad.

ALEGACIÓN 2

Sustituir las grasas saturadas de la dieta por grasas insaturadas, contribuye a mantener normales niveles de colesterol sanguíneo. El ácido oleico es una grasa insaturada.

Alegación regulada en el reglamento UE No 432/2012 de la Comisión del 16 de mayo de 2012 por la que se establece una lista de declaraciones autorizadas de propiedades saludables de los alimentos distintas de las relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y salud de los niños.

ALEGACIÓN 3

Aplicable a alimentos que contienen polifenoles del aceite de oliva. Contribuyen a la protección de los lípidos de la sangre frente al daño oxidativo (deterioro oxidativo). La legislación europea significa que los efectos beneficiosos se logran a partir de una ingesta diaria de 20 gramos de aceite de oliva virgen extra o virgen. Establece que solo los aceites de olivar virgen extra o virgen que contengan un mínimo de 5 miligramos de hidroxitirosol y otros derivados por cada 20 gramos, pueden hacer uso de esta denominación.

ALEGACIÓN 4

Fuente natural de vitamina E. La vitamina E contribuye a la protección de las células frente al daño oxidativo. Para usar esta alegación, los aceites de oliva virgen extra o virgen deben aportar un mínimo de 1,8 miligramos por cada 100 gramos o 100 ml (Un 15% de la cantidad diaria recomendada –CRD- de esta vitamina, que es de 12 miligramos).